Complemento Carta Porte: 10 casos prácticos

El contador Daniel Hernández aclara tus dudas sobre la nueva obligación fiscal, que a partir del 1 de abril deberá emitirse sin errores.

Con el fin de combatir el contrabando y promover la economía formal, en México ya es obligatorio generar el llamado complemento Carta Porte dentro de las facturas que amparan el traslado de bienes o mercancías por vías de jurisdicción federal.

Aunque el periodo de prueba inició desde el primer día de este 2022, prevalecen dudas e inconformidades sobre los requisitos de elaboración y su uso en distintas condiciones.

Durante el Webinar “Emite el complemento Carta Porte”, impartido el pasado jueves 17 de febrero a clientes de Bind México, el contador Daniel Hernández explicó en qué consiste y cuáles son las bases para cumplir con esta obligación fiscal.

Además, aclaró algunas dudas en torno a diversos casos prácticos que le planteó la audiencia.

1. ¿Qué es el complemento Carta Porte?

La Carta Porte es un complemento del CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet), que se emite para poder comprobar y acreditar la posesión o propiedad de los bienes o mercancías, cuando se traslada por vías de jurisdicción federal (terrestre, aérea, marítima o ferroviaria), explicó el contador Hernández.

El transportista deberá mostrar en electrónico o impreso el CFDI con el respectivo complemento carta porte.

Si bien entró en vigor el 1 de enero de 2022, el plazo para emitirlo sin errores inicia el 1 de abril. Después de esa fecha, la autoridad podrá aplicará las sanciones correspondientes por su omisión o emisión errónea.

2. ¿Cuáles son las sanciones por omisión?

Cabe recordar que el complemento Carta Porte lo podrán exigir únicamente autoridades federales, como el propio SAT, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), la Guardia Nacional y la Policía Federal, entre otros.

Las sanciones aplicables van desde $17,020 hasta 93,330 pesos. Y en caso de reincidencia, la autoridad fiscal podrá también clausurar preventivamente el establecimiento por un plazo de tres a 15 días (artículo 75 del Código Fiscal de la Federación).

Y en el caso de los contribuyentes que tributen conforme al Título IV, Capítulo II, sección II de la Ley del ISR, la sanción puede ser de entre 1,490 y 2,960 pesos.

3. ¿Quiénes están obligados a emitir este complemento?

De acuerdo con el contador Daniel Hernández, toda mercancía que se transporte por vías federales debe estar amparada por un CFDI con complemento Carta Porte. Pero hay una diferenciación, según el contribuyente que realice la transportación:

  1. Transportistas: El negocio o persona dedicada a trasladar bienes y mercancías debe generar un CFDI tipo ingreso, con su complemento Carta Porte, por la transportación en carreteras federales. Esto es porque al cobrar el flete, está obteniendo un ingreso.
  2. Empresas que transportan la mercancía por medios propios y negocios de logística: Las personas o compañías que trasladan los productos por carreteras federales sin obtener un ingreso por ese traslado, deben generar un CFDI tipo traslado con Carta Porte.

4. ¿Cuándo es obligatorio circular con Carta Porte?

El nuevo complemento es obligatorio al transportar bienes y mercancías por tramos mayores a 30 kilómetros en carreteras federales. Su emisión es opcional en los siguientes casos:

  • Traslado local
  • Uso de vehículo menor a C2 (menos de 6 llantas y dos ejes). Ver la NOM-012-SCT-2207
  • Distancias inferiores a 30 Km en carretera federal

No se consideran tramos de jurisdicción federal los caminos dentro de aduanas, aeropuertos, puertos marítimos o terminales ferroviarias.

10 casos prácticos sobre la Carta Porte

Por otro lado, el contador Hernández brindó orientación ante distintos casos prácticos que planteó la audiencia del Webinar organizado por Bind México, software de administración y contabilidad en la nube para pymes.

1. Mi unidad de transportación sufre un accidente y hay que hacer un cambio de vehículo.

Cuando haya cambios de última hora en los puntos de destino o en la unidad de transportación, debes cancelar el CFDI y sustituirlo por uno nuevo con los datos correctos. En esta factura, debes especificar que sustituye a una ya cancelada, vinculándolas mediante los folios fiscales.

La autoridad es muy precisa: tenemos que encontrar la forma de determinar el valor total de los bienes y hacer la factura aún sin haberla cobrado.

C. P. Daniel Hernández

2. Desconozco la cantidad exacta a entregar en cada destino, ya que es hasta el momento de llegar con cada cliente cuando me hacen el pedido.

En el complemento, simplemente detallas la cantidad total de bienes o mercancías y los puntos de entrega.

3. Traslado mi equipo de trabajo (rentado) en carreteras federales. No es mercancía propia que vaya a vender.

En este caso, emites el CFDI tipo traslado con su complemento de Carta Porte, aunque si usas un vehículo personal sin volumen, es posible circular sin hacer el complemento.

A veces se piensa que la Carta Porte se emite únicamente para las ventas, pero no es así: la ley dice que es al transportar mercancías y bienes.

4. Tengo un distribuidor al que apoyo con los envíos y le cargo el costo del flete en la factura de venta. ¿Hay que hacerle el CFDI de traslado al distribuidor, o él se lo tiene que hacer a su cliente final?

En este caso, hay que hacer CFDI de traslado con Carta Porte al distribuidor, ya que no tú le facturas directo al cliente.

5. Mis traslados no son para venta, pues me dedico a la renta de equipo. ¿También tengo que emitir la Carta Porte?

Sí, debes emitir un CFDI de tipo traslado, siempre y cuando los traslados sean a través de carretera federal.

6. Estoy trasladando mercancías que vendo a crédito. ¿También emito la Carta Porte? ¿Y qué pasa cuando solo tengo un anticipo de la venta?

En las ventas a crédito, sí se realiza el CFDI, porque ahora la factura ya se realiza desde antes de cobrarla y de completar el traslado.

Respecto a las ventas con anticipo, también tienes que hacer factura para respaldar este ingreso. Antes facturábamos hasta el final, pero ya no se puede hacer eso.

La autoridad es muy precisa: tenemos que encontrar la forma de determinar el valor total de los bienes y hacer la factura aún sin haberla cobrado.

Una vez recibido el pago, se emite un complemento de recepción de pagos, relacionando los CFDI aplicables, un tema en el que ayudará mucho el nuevo CFDI 4.0 y que se puede simplificar mediante un software contable.

7. Si mi cliente tiene un almacenista, ¿el receptor en la factura es el RFC del almacenista o de la empresa?

El receptor sería el RFC de la empresa, agregando dentro del complemento la ubicación del almacén.

8. Vendo mediante un marketplace y hago envíos a nivel nacional. Las guías de transporte las emite el marketplace, utilizando diferentes empresas de transporte. ¿Quién tiene que elaborar la carta porte?

En este caso, la empresa encargada de la paquetería o envío debe emitir la Carta Porte.

9. Al hacer la factura, ¿qué relación existe entre la “dirección fiscal” que aparece en la sección de pagos, y “dirección destino” en la sección de la adenda complemento Carta Porte?

Son dos domicilios diferentes. El almacén donde recibes las mercancías puede estar en una ubicación distinta a tu domicilio fiscal, que es el que aparece en todas tus facturas. La dirección que está en el complemento Carta Porte es donde va a llegar la mercancía.

10. Si cultivo verduras y las traslado a una Central de Abastos para comercializar con varios clientes, ¿tengo que hacer carta de traslado o de qué tipo?

Realizas una Carta Porte tipo traslado, si transportas tus productos por carretera federal en tramos mayores a 30 kilómetros.

Para obtener mayor orientación, Daniel Hernández recomendó consultar la guía de Preguntas Frecuentes sobre el complemento Carta Porte disponible en esta página del SAT; o bien, contactar al contador:

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<h4 class="item-title">Yenisey Valles</h4>

Yenisey Valles

Hago periodismo económico desde el 2002 y me especialicé en esta área con un diplomado en el Tec de Monterrey. Soy comunicóloga, maestra en Humanidades por la UDEM y doctora en Ciencias Sociales con orientación en Desarrollo Sustentable por la UANL. Actualmente, soy Content Manager en Bind México, además de impartir talleres de redacción en posgrado.

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